Saltar al contenido
SERVICIO
Extranjería

Permisos de residencia

Arraigo socioformativo

Residencia temporal que exige 2 años de empadronamiento y permite trabajar hasta 30h semanales mientras estudias o te capacitas.

Arraigo sociolaboral

Residencia con derecho a trabajar, exige 2 años de empadronamiento y acreditar una relación laboral en España a través de un pre-contrato o vínculos familiares.

Arraigo de segunda oportunidad

Permiso de residencia con derecho a trabajar, exige 2 años de empadronamiento y situación excepcional que lo justifique.

Arraigo social

Residencia con derecho a trabajar, exige 3 años de empadronamiento y contrato de trabajo o vínculos familiares.

Arraigo familiar

Residencia con derecho a trabajar, no requiere tiempo mínimo de empadronamiento si se acredita ser padre/madre de menor español o hijo de español de origen, o cónyuge de español.

Residencia de menores nacidos en España

Permiso para menores extranjeros, en general sin derecho a trabajar (salvo mayores de 16 con autorización), no se exige tiempo previo.

Residencia de menores no nacidos en España

Permiso para menores extranjeros, en general sin derecho a trabajar (salvo mayores de 16 con autorización), exige 2 años de escolarización y tiempo previo.

Reagrupación familiar

Permiso de residencia para familiares directos, generalmente sin derecho a trabajar (salvo cónyuges/parejas e hijos en edad laboral que sí lo tienen).

Estancia por estudios

Autorización de residencia sin derecho a trabajar (solo prácticas relacionadas con los estudios), no requiere empadronamiento previo.

Renovaciones

Trámite para extender permisos anteriores, mantienen el mismo derecho a trabajar que el permiso renovado.

Tarjeta familiar de ciudadano de la UE

Residencia con derecho a trabajar, no requiere tiempo mínimo de empadronamiento.

Nacionalidad

Dispensa de exámenes CCSE y DELE A2

Solicitud de exención de pruebas; aplica a ciertos colectivos, sin relación con derecho a trabajar.

Nacionalidad por residencia

Se obtiene tras vivir legalmente en España entre 1 y 10 años según tu caso; con nacionalidad española tendrás plenos derechos laborales.

Inscripción de exámenes CCSE y DELE A2

Registro en pruebas requeridas para la nacionalidad.

Recurso contencioso administrativo

Procedimiento judicial para nacionalidad denegada.

Otros trámites

Carta de invitación

Permite invitar a familiares o amigos a España como turistas, sin derecho a trabajar.

 

Inscripción de pareja de hecho o baja

Registro de la unión estable; puede servir para residencia con derecho a trabajar si eres pareja de ciudadano español o comunitario. También se puede tramitar la baja de pareja de hecho.

 

Traducciones juradas

Traducciones certificadas, trámite administrativo.

Idiomas:

  • Español.
  • Frances.
  • Árabe.
  • Aleman.

 

Acompañamientos

Servicio de asistencia en trámites.